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Definen laudo arbitral para dirimir conflicto laboral entre Avianca y pilotos de Acdac

Definen laudo arbitral para dirimir conflicto laboral entre Avianca y pilotos de Acdac

Fecha de publicación: 2017-12-12

El Ministerio de Trabajo confirmó que este lunes se conoció el laudo arbitral mediante el cual se define el conflicto laboral colectivo entre aerolínea Avianca y la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), donde se aclaró el tema salarial hasta 2019.

Expedido el laudo arbitral, se fijan las nuevas condiciones que van a regir los contratos laborales de los trabajadores pertenecientes al sindicato de Acdac hasta 2019, teniendo como punto de partida las propuestas que se hicieron por parte de Avianca de los pilotos.

Según explicó Jaime Pinzón, presidente del Tribunal de Arbitramento convocado por el Ministerio de Trabajo, en el laudo arbitral se definió el incremento de salarios para el año 2017, que será retrospectivo al primero de abril de este año del 12,75 % para los pilotos y 11,75 % para los copilotos.

“Para el segundo año de vigencia de la convención los salarios se incrementarán en el IPC más el 1,50 %, y para el 2019 el incremento se fija en el IPC más el 1,75 %”, señaló Pinzón en diálogo con Colprensa, al tiempo que explicó que los beneficios económicos tendrán los mismos incrementos para el primero, segundo y tercer año de los salarios.

El tribunal negó la propuesta de “conceder tiquetes aéreos de manera ilimitada, ya que era una decisión inequitativa y muy honorosa para la empresa, porque vicepresidentes hay diez y pilotos hay 1380, entonces eso implicaba una decisión totalmente inequitativa para Avianca”, explicó Pinzón.

El presidente del Tribunal de Arbitramento también manifestó que en otros puntos cruciales como el tema relacionado con el pago de los impuestos y la nivelación salarial con pilotos extranjeros fueron retirados del pliego de peticiones.

El Tribunal de Arbitramento también incluyó una cláusula “de no represalias que tenía la convención anterior”, debido a la controversia que se generó con los procesos disciplinarios y eventuales despidos de los trabajadores. “Queremos que el clima laboral vuelva a la calma y que no se vayan a presentar despidos de forma indiscriminada”, resaltó Pinzón.

Ahora, el laudo arbitral cuenta con tres días de ejecutoria, a través de los cuales cualquiera de las partes puede impugnar la decisión mediante recurso de anulación parcial o total ante la Corte Suprema de Justicia, que será la encargada de definir finalmente los puntos que sean objeto de inconformidad.

El laudo arbitral es una providencia que debe ser acatada por cada una de las partes una vez quede ejecutoriada y se convierte en una ‘convención colectiva’, que como todas las convenciones es la que rige las condiciones laborales durante su vigencia para cada una de sus partes.

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