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Derechos y deberes empleadores

Derechos y deberes de los empleadores en Colombia

De acuerdo con la legislación nacional, los extranjeros gozan en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos, incluido el derecho al trabajo reconocido en el artículo 13 de la Constitución de 1991. Por lo que, al contratar un extranjero, para laborar en Colombia, el empleador debe cumplir con las mismas obligaciones laborales que tiene respecto con los trabajadores colombianos, y prevista en los diferentes cuerpos normativos, por ejemplo:

Nota derechos y deberes empleadores

Nota

El trabajador independiente por cuenta ajena, es decir, la persona natural contratista de la empresa, no suscribe con la compañía un contrato de trabajo, sino un contrato de prestación de servicios, al cual, por su naturaleza, no le son aplicables las normas laborales, sino las reglas previstas en las leyes civiles y comerciales, según corresponda.

Obligaciones adicionales derechos y deberes Empleadores

Obligaciones adicionales


El empleador tiene respecto del trabajador extranjero, las mismas obligaciones generales y especiales que con un trabajador colombiano, es decir, no se exige que cumpla con deberes adicionales. No obstante, debe considerar los siguientes procedimientos específicos:

  • Así mismo con el objetivo de facilitar el cumplimiento de obligaciones de reporte sobre la vinculación, contratación o servicios prestados por ciudadanos extranjeros, Migración Colombia desarrolló el Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros (SIRE).

  • El SIRE, plataforma de fácil uso está en el portal web de la mencionada institución y las empresas deberán registrarse y registrar a los trabajadores extranjeros que contraten.

  • El empleador debe realizar el registro de los trabajadores extranjeros en la plataforma RUTEC del Ministerio del Trabajo, en la cual se verifican y se certifican trabajadores extranjeros que se encuentran en el territorio nacional colombiano.

  • El registro en el RUTEC debe realizarse tanto a trabajadores dependientes como independientes, con el fin de conocer la ubicación geográfica, la ubicación sectorial y supervisar sus condiciones de trabajo.

  • ¿QUÉ ES EL RUTEC? El Ministerio del Trabajo, a través de la Resolución 4386 del 9 de octubre de 2018, creó e implementó el Registro Único de Trabajadores Extranjeros. Este es un Registro Administrativo que permite al Ministerio del Trabajo tener información de primera mano sobre la inmigración laboral, conocer la ubicación geográfica y sectorial de los trabajadores extranjeros en Colombia, así como supervisar su situación laboral, sus condiciones de trabajo, y garantizar el cumplimiento de las normas laborales en nuestro país.

  • ¿CÓMO ME REGISTRO? El registro en RUTEC lo debe hacer el empleador y lo pueden hacer tanto personas jurídicas como personas naturales. Durante el registro se requerirá documentación adicional como cédula de ciudadanía del representante legal, Certificado de Existencia y Representación Legal: para personas jurídicas Cámara de Comercio; y para personas naturales el Registro Único Tributario -RUT, cualquiera de estos dos documentos debe tener una vigencia no más de tres meses de expedidos. Una vez aprobado el registro del empleador, se le otorgarán credenciales de acceso para que este puede registrar los trabajadores extranjeros que contrató.

  • ¿CUANTO TIEMPO TENGO PARA REGISTRAME? Una vez contratado el trabajador extranjero, el empleador tiene 120 días para registrarlo en RUTEC. De igual manera, una vez terminado el vínculo con el extranjero, tiene 30 días para dar por finalizado el vínculo en la plataforma, lo anterior, de acuerdo a la Resolución 4386 de 2018.

  • ¿QUÉ INFORMACIÓN DEBO REGISTRAR? Se debe registrar información y documentación del trabajador extranjero, información del contrato, estudios educativos realizado e idiomas.

  • INSPECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL La inscripción en el aplicativo RUTEC es de carácter obligatorio por parte de los empleadores, en este sentido, el Ministerio del Trabajo en el marco de sus competencias, por medio de visitas a las empresas u organizaciones realizará la inspección, vigilancia y control necesarios para verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo establecido en la Resolución 4386 de 2018 a los empleadores o contratantes.