Avanzan diálogos de la mesa de concertación de políticas laborales y salariales

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Bogotá, 15, dic./ 2023.- La Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales avanza en diálogos bilaterales que permitirán definir de manera concertada la cifra de incremento al salario mínimo de 2024.

  1. La mesa cuenta con la información técnica que permitirá la protección del poder adquisitivo de los salarios a partir de un acuerdo tripartito, sustentado en aspectos técnicos
  1. El Gobierno Nacional, por su parte avanza en el estudio de propuestas que integralmente permitirán proteger el poder adquisitivo del salario, partiendo de la desindexación de 204 productos y servicios que anteriormente se incrementaban con el ajuste. Actualmente 116 servicios ya entraron en vigencia y para el salario del próximo año, se aplicarán los 88 restantes.
  1. La Comisión de Concertación ya cuenta con acuerdos entre los que se destacan:
  • Presentación conjunta del Convenio 190 de la OIT, contra las violencias y el acoso, ante el Congreso de la República para su ratificación.
  • Pedido unificado al Banco de la República para la reducción de las tasas de interés respetando su autonomía.
  • Activación de la subcomisión de empleo y empleabilidad para la generación y protección de empleos.

El Gobierno Nacional continuará adelantando las reuniones bilaterales con las partes, es decir, empleadores y trabajadores para lograr el mejor acuerdo posible y garantizar la protección del poder adquisitivo de los salarios.

Recordemos que según la Ley 278 de 1996, la mesa de concertación tiene plazo hasta el 30 de diciembre para llegar a un acuerdo tripartito que permita la expedición del decreto para la fijación del nuevo salario mínimo que regirá a partir del 1 de enero de 2024.

Avances de la mesa de concertación

Parágrafo del artículo 8, Ley 278 de 1996

El 28 de noviembre de 2023 se concertó el calendario de negociación del salario mínimo 2024.

El 30 de noviembre y 1º de diciembre se realizaron las subcomisiones de productividad con el fin de analizar el dato de la Productividad Total de los Factores y Productividad Laboral. A continuación, los resultados de la productividad por parte del DANE:

Productividad Total de los Factores: -1.0%

Productividad laboral por hora trabajada: 0.76%

Productividad por persona empleada: -0.7%

El 4 de diciembre de 2023 se instaló la mesa de negociación del salario mínimo 2024 donde el Ministerio de Hacienda presentó un contexto macroeconómico y el DANE expuso el informe de la subcomisión de productividad.

11 de diciembre de 2023, el DANE presentó los resultados del PIB y variación del IPC. Adicionalmente, el Banco de la República socializó las perspectivas de inflación para 2023 y 2024. A continuación, las cifras presentadas más importantes para la discusión:

DANE:

IPC año corrido (enero-noviembre) = 8,78%

IPC variación anual (últimos 12 meses) = 10,15%

PIB año corrido (enero-septiembre) = 1%

PIB anual= -0.3%

Banco de la República

Perspectivas inflación 2023: 9,3% al 9,5%

Perspectivas inflación 2024: 3%, en un rango de más o menos 1

12 de diciembre de 2023, las centrales sindicales proponen un incremento para el salario mínimo en 18%. Por su parte, los gremios no expusieron propuesta de la cifra. Sin embargo, consideraron continuar con el diálogo técnico.

Dato: Ley 278 de1996

“PARÁGRAFO. Para la fijación del salario mínimo, la comisión deberá decidir a más tardar el quince (15) de diciembre. Si no es posible concertar, la parte o partes que no estén de acuerdo deben obligatoriamente, explicar por escrito las razones de la salvedad, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes. Las partes tienen la obligación de estudiar esas salvedades y fijar su posición frente a ellas en el término de las siguientes cuarenta y ocho (48) horas. De nuevo, la comisión deberá reunirse para buscar el consenso según los elementos de juicio que se hubieren allegado antes del treinta (30) de diciembre”.

“Cuando definitivamente no se logre el consenso en la fijación del salario mínimo, para el año inmediatamente siguiente, a más tardar el treinta (30) de diciembre de cada año, el gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros, la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el índice de precios al consumidor (IPC)”.