Teletrabajo
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"Una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remune-radas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la in-formación y comunicación -TIC- para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin re-querirse la presencia física del trabajador en un sitio especifico de trabajo". (Artículo 2, Ley 1221 de 2008).
Ingresar a la web www.teletrabajo.gov.co
Normatividad
- Ley 1221 de 2008: Regula el Teletrabajo.
- Decreto 884 de 2012: Reglamenta el teletrabajo en relación de Dependencia
Aspectos Jurídicos:
- Criterios de selección y voluntariedad.
- Adaptación del Manual de Funciones y Competencias Laborales.
- Resolución por la cual se implementa la modalidad al interior de la organización.
- Resolución individual para el funcionario.
- Afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral.
- Se debe reportar por parte de las empresas tanto a la ARL como a un inspector de trabajo la implementación del teletrabajo.
- Reversibilidad teletrabajo.
Modalidades
- Es una modalidad en continuo cambio, debido a que depende de la tecnología.
- El mayor reto es el cultural (empleador y empleado), y la ética del trabajador
- Los retos jurídicos y legales no son ajenos a los que se dan por la propia figura del contrato laboral, subordinación, cumplimiento de actividades
- El Estado, debe ser prospectivo en este tipo de tendencias y acudir a la regulación para corre-gir fallas que se puedan ir generando.
Submenú Derechos Fundamentales del Trabajo
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Servicio al ciudadano