Municipios de categorías cuatro, cinco y seis deberán afiliar a concejales a cajas de compensación

Fecha de publicación: 2021-10-19

  • Estos pagos se deben hacer con cargo al presupuesto de cada municipio.
  • Incluye pensión, salud, ARL y cajas de compensación familiar, sin que se implique un vínculo laboral.

 

Bogotá, 19, oct./2021. El ministerio del Trabajo, expidió la circular 061 de 2021, donde enfatizó que la Ley 2075 de 2021 establece que los concejales tendrán derecho a la cotización del Sistema de Seguridad Social, que incluye pensión, salud, ARL y ahora a las cajas de Compensación familiar, sin que esto implique un vínculo laboral con las entidades territoriales.

El ministerio del trabajo hace un llamado a toda la administración pública para que, de acuerdo con las normas y con los recursos de la administración municipal y distrital, se afilie a seguridad social a todos los concejales del país”, afirmó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

Los concejales no reciben salario sino honorarios por su asistencia a las sesiones, lo cual quiere decir que del ingreso que reciben deben hacer el pago de su Seguridad Social, pero con esa norma será reconocida por la administración

La disposición establece que, para financiar los costos en Seguridad Social de los cabildantes, de municipios que reciban ingresos corrientes de libre destinación inferiores a 4 mil SMLV, se destinará el 0.6 % del sistema general de participaciones de propósito general.

Los cargos se harán al presupuesto en los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría y los demás deben ser asumidos por las corporaciones.

Histórico Noticias

Icono de servicio al ciudadano
Servicio al ciudadano